miércoles, 12 de febrero de 2020

GOBIERNO Y PODER POLÍTICO


El Gobierno es el principal pilar del Estado; la autoridad que dirige, controla y administra sus instituciones, la cual consiste en la conducción política general o ejercicio del poder ejecutivo del Estado. En ese sentido, habitualmente se entiende por tal órgano (que puede estar formado por un presidente o primer ministro y un número variable de ministros) al que la Constitución o la norma fundamental de un Estado atribuye la función o poder ejecutivo, y que ejerce el poder político sobre una sociedad. También puede ser el órgano que dirige cualquier comunidad política.1​ Más estrechamente "Gobierno" significa el conjunto de los ministros, es decir, es sinónimo de "gabinete". Son las definiciones formales de lo que tangiblemente es un Gobierno; pero sustancial e intangiblemente el gobierno de un Estado comprende el conjunto de intereses vitales que ejercita y defiende a través de los objetivos nacionales permanentes, estos son las pautas o normas de conducta inalterables en el arte de gobernar, como la vigencia de la integridad territorial, o la división del poder en tres ramas, para lo cual por periodos que varían entre cuatro y seis años generalmente, se identifican cuales objetivos nacionales actuales, conducen a la vigencia de los intereses vitales, cualquiera que sea la orientación ideológica y filosófica del gobernante de turno.
En términos amplios, el Gobierno es el conjunto de instituciones, estructuras administrativas y autoridades que ejercen las diversas actividades estatales, denominadas comúnmente poderes del Estado. El Gobierno, en sentido propio, tiende a identificarse con la actividad política y más en particular con el poder ejecutivo.
El Gobierno no es lo mismo que el Estado, está vinculado a este por el elemento poder. El Gobierno pasa, cambia y se transforma, mientras que el Estado permanece, aunque históricamente puede experimentar algunas transformaciones en algunos aspectos. En ese sentido, el Gobierno es el conjunto de los órganos directores de un Estado a través del cual se expresa el poder estatal, por medio del orden jurídico. Puede ser analizado desde tres puntos de vista: según sus actores, como un conjunto de funciones, o por sus instituciones.
A diferencias de las ONG, el Gobierno recauda aportes obligatorios de todos los miembros del Estado, usualmente monetarios y en ocasiones en forma de servicio personal obligado, para construir infraestructura y servicios públicos.
Los expertos en ciencias políticas clasifican las diferentes clases de Gobierno de diversas maneras. A este respecto, la Encyclopædia Britannica explica: “Existe la distinción clásica entre Gobiernos según la cantidad de gobernantes: el que es ejercido por un solo hombre (monarquía o tiranía), por una minoría (aristocracia u oligarquía), o por la mayoría (democracia)”
A veces los Gobiernos se clasifican según sus instituciones más importantes (parlamentarismo, Gobierno de un gabinete), según sus principios básicos de autoridad política (tradicional, carismático), según su estructura económica, o según su uso o abuso del poder. “Aunque ninguno de estos principios de análisis abarca todo aspecto —comenta esta obra de referencia—, cada uno tiene cierta validez.”
Históricamente, los primeros Gobiernos surgieron en sociedades con economías más complejas en los que existían excedentes económicos para coordinar el pleno aprovechamiento de los recursos humanos, naturales, instalaciones y herramientas. En la mayor parte de sociedades los Gobiernos sostienen buscar el máximo de beneficio social, aunque en algunos estados oligárquicos explícitamente el Gobierno decía defender los intereses de algún grupo social. Dentro de las instuticiones de Gobierno, destaca el poder ejecutivo como coordinador principal del Gobierno (en ocasiones incluso se confunde el término Gobierno con el mismo "poder ejecutivo"). Junto a este poder, se considera que el poder legislativo también es parte del Gobierno como generador de leyes y el poder judicial como árbitro entre conflictos entre diferentes agentes, que trata de asegurar el cumplimiento de las leyes.
Órganos de Gobiernos
Suele aludirse que el Gobierno se divide en poderes, pero en realidad se divide en órganos con distintos tipos de funciones:
Los criterios de clasificación actuales se atienen más al contenido que a la forma, se trata de separar los Gobiernos no por el número de gobernantes, sino por la forma cómo se ejerce el poder o según la distribución de las competencias entre el individuo y el Estado, según el modo como se toman en consideración los gobernantes los derechos individuales (libertad de opinión, de prensa, de reunión, de pensamiento, de creación, de partidos políticos, de enseñanza). Lo más correcto es separar los Gobiernos en democráticos y totalitarios, según se reconozca la libertad de intervenir en el Gobierno a los individuos o no, según se admitan los derechos fundamentales.
Democracia
Los sistemas democráticos incluyen la participación de la población general en la toma de decisiones. Esta participación puede ser más notoria como en la democracia directa o más remota como sucede en la democracia representativa. En los estados modernos con millones de personas, se dan formas básicamente formas de democracia representativa, con la posibilidad de referenda y plebiscitos sobre cuestiones particulares, que usualmente obligan al gobierno a decidir entre dos o más alternativas según el voto mayoritario de la población.
Históricamente las democracias han tenido mayor apoyo de la población que los regímenes no democráticos, por esa razón muchos sistemas autoritarios e incluso totalitarios han llegado a referirse a sí mismos como democracias, democracias populares o democracias orgánicas, cuando en realidad dichos regímenes no serían considerados propiamente democráticos por muchos analistas.
Totalitarismo
Los sistemas de gobierno totalitarios se basan frecuentemente en el transpersonalismo; el Estado regula según el criterio exclusivo de la clase gobernante, con poco o ningún contrapeso de otras clases, ni limitaciones asociadas a ciertos derechos civiles. En esos sistemas el Estado y la clase que lo dirige puede imponer sus ideas, criterios y doctrinas sin contrapeso de otras instituciones o grupos sociales. En los sistemas totalitarios todas las competencias residen en el Estado; este orienta los individuos de tal manera que se hace necesario que sean suprimidos o minimizados los derechos individuales.
El Estado totalitario no se caracteriza porque en él no se votó o porque no se cuente con el apoyo de la mayoría; se caracteriza porque en él no hay auténtica libertad de opinión. Las libertades individuales son absorbidas por el Estado, y se ejercitan solo según el interés y el fin de la clase dirigente. Sin embargo, formalmente la organización gubernativa totalitaria frecuentemente es muy similar a la organización de los sistemas democráticos, aunque esa similaridad difiere en algo fundamental, los sistemas totalitarios excluyen contrapesos, participación o representación efectiva de la población general. Aun así los sistemas totalitarios modernos nominalmente se han basado en normas, leyes y reglas escritas, según la noción de un Estado de derecho, si bien la potestad de cambiar arbitrariamente las normas deja sin efecto las garantías que dicho estado de derecho proporciona en las democracias.
La vida política y la económica no tendrán la posibilidad de florecer fuera de las doctrinas y directivas que dominan en el Gobierno. El poder judicial estará sometido a una misma concepción y el juez tendrá un campo de acción mucho más amplio que en la Democracia, puesto que no hay derechos individuales que salvaguardar y la justicia debe ejercerse imponiendo concepciones vagas, en función de los fines del Estado, interpretada por el Gobierno o el partido gubernativo.
El totalitarismo está dirigido por un Gobierno abarca todo, su sistema ideológico menos tiene las individualidades concretas así como sus creencias personales o religiosas. Por lo que el único modo aceptado de religión es la religión de Estado, es decir, concordatarias y cofuncionales al Estado.
PODER POLÍTICO:
Desde un punto de vista filosófico político, se concibe al poder como la capacidad que tiene un individuo o un grupo de modificar la conducta de otros individuos o grupos. En Ciencia Política, aunque ya no se acepta que sea el concepto central único, hay acuerdo en que tiene fundamental importancia. Burdeau lo define como "una energía social, emanación de una representación mental, colectiva y dominante, del orden social deseable", en nombre de la cual se presta acatamiento al mando político. Siempre se manifiesta en la relación humana y en su génesis está la obediencia: se tiene poder en la medida en que se es obedecido. Hay muchas clasificaciones del poder. Damos aquí brevemente las más usuales en el análisis político: poder actual (relación entre comportamientos efectivos); poder potencial (relación entre aptitudes para actuar); poder estabilizado (muy alta probabilidad de ser obedecido); poder anónimo (propio de comunidades primitivas, reside más en la costumbre, el tabú, la tradición, que en las personas); poder personalizado (que reside en la voluntad personal del jefe); poder institucionaliza do (estabilizado y articulado en roles coordinados; culmina cuando el Estado se convierte en titular único y abstracto del poder); poder abierto (sensible a las variaciones de la conciencia colectiva sobre el orden social deseable); poder cerrado (al servicio de una representación del orden social deseable que se considera permanente); poder de jure (reconocido por la normativa jurídica vigente); de facto (existente pero carente de respaldo legal).
El poder político es la lógica del ejercicio de las funciones por parte de las personas que ocupan un cargo representativo dentro del gobierno. Generalmente, este influye en el comportamiento, ya sea en pensamiento o en el actuar de una sociedad.
Es legítimo cuando es elegido conforme a las leyes del país (constitución). En países democráticos tiene como sustento la legitimidad otorgada por el pueblo mediante el voto popular (elecciones), pero se le suele considerar abusivo cuando se excede en el ejercicio de sus funciones, en materias que están dentro del ámbito de los otros poderes (intromisión de poderes). El poder político es ilegítimo cuando utiliza mecanismos no autorizados por las leyes y se adueña del poder gubernamental (ejecutivo-legislativo) sin tener la legitimidad del pueblo, otorgada por el voto popular.
Es tiránico cuando se obtiene por medio de la fuerza o de manera autoritaria de modo que es un gobierno ilegítimo.

    Manifestaciones del poder

    • Coacción: Es el medio utilizado para que terceros sigan una determinada conducta. Puede ser física o psicológica.
    • Coerción: La coacción dio paso a la coerción que es la situación donde el tercero realiza el mandato debido a la amenaza del uso de la violencia, es decir, la potencialidad del uso de esa violencia. Se excluye así el papel totalmente activo (ordenar y hacer cumplir) reservando a la autoridad un papel parcialmente activo (sólo ordenar). La coacción se fundamentaba en el temor de un daño seguro en el caso de incumplir lo ordenado. De esta vertiente del poder se desarrolló lo que posteriormente se conocieron como delitos contra la autoridad, es decir, desafiar al poder.
    Pero este poder, según los anarquistas clásicos, hace que se ponga en perspectiva la libertad del individuo, dando como fin la dominación de este a través de reglas coactivas (derecho) las cuales en vez de ordenar subordinan.

    Legitimación del poder político

    • Poder sagrado: La primera forma de legitimación utilizada se basó en la religión y la divinidad. El poderoso ya no lo era sólo porque podía ejercer violencia o porque tenía un vínculo de temor que le asegurara esa posición. Ahora el poderoso se instituía como un ser distinto, superior y ligado a los dioses. El poder de origen divino era incontestable, a no ser por otro poder de igual estatus o instituido por un dios diferente. A grandes rasgos este fue el desarrollo esquemático hasta la Revolución francesa.
    • Poder tribal: Es un poder subordinado. Un ejemplo de este caso sería el Imperio mongol.
    • Soberanía nacional: Las ideas que inspiraron la Revolución francesa y sus resultados negaron que el poder de los monarcas tuviera origen divino y lograron darle vuelta al esquema señalando que la fuente del poder no eran las características del poderoso sino únicamente la voluntad de los súbditos que lo dejaban tener el poder. Esta idea llevó al convencimiento de que el verdadero poder nacía de la masa de súbditos, el pueblo, y este debía tener la capacidad de delegar tal poder en quien le placiera y en las condiciones que considerase más apropiadas y durante el tiempo que creyera conveniente

    Escenificación del poder político

    La emperatriz María Teresa de Austria glorificada en un grabado.
    La escenificación del poder político es la forma en que los que ocupan el poder político presentan la naturaleza de este a los ojos de aquellos a los que gobiernan (súbditos o ciudadanos, el cuerpo político, la opinión pública, el electorado), de sus pares (la comunidad internacional) o de sus rivales (la oposición política); mediante todo tipo de mecanismos, dispositivos y recursos (actuaciones -verbalesgestuales-, imágenessímbolos -representaciones del podericonografía del poder-, rituales, etc.)
    Rápidamente el principio de la simbolización de las diferencias entre gobernante y gobernados (como ocurre con los atributos del faraón y las iura regalia) se transforma en un ejercicio psicológico de la autoridad del "hombre fuerte" u "hombre público" (los hombres o mujeres que ocupan el poder político); que se dramatiza​ y pone en escena a través de la estereotipación, sea esta simbólica o no. En función de las sociedades y de la coyuntura histórica, estas escenificaciones se destinan a impresionar, asegurar, mistificar, aterrorizar o simplemente engañar a los espectadores (psicología socialestrategia de comunicaciónconsenso manufacturado).
    La escenificación también puede tener una función heurística, ilustrando las diferentes responsabilidades del poder a ojos de los gobernados, promover el ethos de la persona pública o, al contrario, desempeñar un papel de desinformación análoga al de la propaganda, insistiendo en el pathos. Ciertas escenificaciones pueden también clasificarse como propaganda del poder.
    Jugar con la apariencia con ayuda de técnicas escenográficas, próximas a las del teatro y otros espectáculos es común en todas las formas del poder político y otros dominios del poder.
    A pesar de la pretensión de éste, realizar puestas en escena tampoco es algo privativo de quien ocupa el poder, y en la medida de sus posibilidades puede ser realizado por quien se le opone; sea éste otro "poderoso" (o grupo de "poderosos") o sea un "débil" (o grupo de "débiles"), en los ritos y estrategias simbólicas propias de la subversión, que a veces se incorporan a los usos sociales como una subversión temporal, especialmente en el contexto de la fiesta.4​ En contextos más específicamente políticos, las puestas en escena de la subversión incluyen la ocupación de espacios escenográficos ya existentes y que se habían dotado de un valor simbólico particular por el poder (marcha sobre Washington de 1963 -Martin Luther King-, ocupación de la Puerta del Sol de Madrid en 2011 -15M-), estrategia que también es una constante en la práctica de puestas en escena de los nuevos ocupantes del poder en coyunturas de cambio (reutilización por los conquistadores españoles de los espacios sagrados o de poder indígenas americanos -siglo XVI-, derribo de la Bastilla y utilización "revolucionaria" del lugar que ocupó, reconversión de la catedral de Notre-Dame en templo de la Diosa Razón o de la iglesia de Santa Genoveva en Panteón de París -los tres casos durante la Revolución francesa, desde 1789-, utilización de la Galería de los Espejos del palacio de Versalles para la proclamación del Kaiser Guillermo -1871-, o de la Königsplatz de Múnich, con su monumentos neoclásicos, por los nazis -años 30 y 40 del siglo XX-).
     ACTIVIDAD EN CLASES: APLICA EL MÉTODO FLANDERS PARA EXPLICAR EL TEMA

    miércoles, 30 de octubre de 2019

    clase 11°. globalización cultural


    La globalización cultural es la integración de costumbres y creencias de muchos países en donde el factor predominante es la economía y las telecomunicaciones, los cuales han influido en que dichos modos de vida sean muy parecidos entre si.
    LA GLOBALIZACIÓN CULTURAL
    La Globalización Cultural es un proceso de exportación, expansión y asimilación de costumbres, valores, expresiones artísticas, creencias religiosas, gastronomía y tradiciones, que se debe de entender siempre desde la expansión de la Globalización económica, gracias a la cual se han adquirido culturas y costumbres de otros países, convirtiéndolas en algunos casos como propias.
    La Globalización Cultural es un proceso por el cual los medios de comunicación han influido de forma directa en una labor de fusión de muchas formas y costumbres de vida, de tal modo que en muchos países esta cultura es cada vez más similar en todos ellos. De este modo podemos entender como habitantes de diferentes países han adquirido hábitos de consumo muy parecidos, véase la compra de telefonía móvil por ejemplo.
    LA CULTURA EN LA GLOBALIZACIÓN
    Nos encontramos ante un proceso dinámico de intercambio, con una perspectiva totalizadora de todos los elementos de los países, incluidos los capitales, producción, tecnología y por supuesto la cultura, siendo un proceso de globalización inherente a la relación de dependencia económica establecida.
    La Globalización Cultural es necesidad y consecuencia, necesidad porque los países necesitan la homogenización de la cultura, que se logra a partir de la expansión de componentes culturales locales para fortalecer y facilitar las relaciones comerciales. Es consecuencia, porque la incorporación de elementos culturales importados se logra a través de la creación de mecanismos para lograr su entrada.
    FACTORES QUE IMPULSARON LA GLOBALIZACIÓN CULTURAL
    Para entender este fenómeno, debemos de comprender aquellos factores que han influido de forma directa en la creación y expansión de la Globalización Cultural :
    • Los bloques comerciales. Para lograr una integración económica se han liberado fronteras económicas entre los mercados de los países. De este modo se han creado bloques económicos como MERCOSURLA UNION EUROPEATLCAN, etc. con la intencionalidad de fortalecer los capitales, intercambiar riquezas y unificar monedas como es el caso de la UNION EUROPEA.
    Los bloques permiten el libre traspaso de fronteras, facilitando los intercambios culturales directos, sin restricciones burocráticas. Los individuos llevan costumbres a los países y a su regreso comparten las experiencias adquiridas, consumen en la economía local, participan de la diversidad cultural y las expresiones artísticas de los países que recorren con libertad.
    • Los medios de comunicación masivos. Nos encontramos ante el factor clave de la Globalización Cultural. Si nos remontamos hasta hace unos cuantos años, hacer una simple llamada telefónica era una aventura, hoy la proliferación de medios de comunicación: la televisión satelital, pero sobre todo Internet, han facilitado la interconexión entre países que se encuentran en polos opuestos del planeta.
    BENEFICIOS DE LA GLOBALIZACIÓN CULTURAL
    Los beneficios de la Globalización Cultural son variados y vamos a analizarlos. Por un lado, nos encontramos ante un conocimiento de las culturas extranjeras muy superior al que podían tener nuestros antepasados ( los cuales solían conocer el mundo que les rodeaba a solo unos pocos kilómetros ).
    También podemos enumerar como beneficios las oportunidades que nos brinda conocer otras culturas, y sus formas de vida, de este modo podemos acceder a un mundo amplio de conocimiento, el cual nos permitirá elegir nuestro camino, ya sea en creencias, culturas, etc...
    Además, la globalización cultural nos ha brindado la posibilidad de comparar y elegir entre una enorme variedad de oportunidades tanto laborales como de formas de vida. Todo ello acompañado de los medios de comunicación como internet que han multiplicado y expandido todas las experiencias que tenemos a diario haciéndolas públicas para toda la sociedad.
    RIESGOS DE LA GLOBALIZACIÓN CULTURAL
    Los riesgos de la Globalización Cultural son variados, vamos a conocerlos. Por un lado, nos encontramos ante unas formas de vida cada vez más parecidas entre sí, reduciendo y algunos casos hasta eliminando las costumbres de muchos pueblos, perdiendo con ello una cultura muy rica y antigua que seguramente nunca más volverá a aparecer.
    Por otro lado, nos encontramos ante una dependencia en la forma de convivir y relacionarnos unos con otros. Por ejemplo, la Globalización Cultural ha creado necesidades de trabajo que son cada vez más parecidas en muchos países, creando profesionales preparados para las necesidades de este tipo de "país mundial", lo que genera al mismo tiempo individuos con preparaciones casi idénticas.
    Los beneficios y riesgos son pues muy variados y dependen de cada situación, existen personas que han encontrado en la Globalización unas enormes oportunidades de desarrollarse personal y profesionalmente y otros que han encontrado una pérdida poco a poco en su identidad como personas y como sociedad.
     PROBLEMAS DEL MUNDO GLOBAL
    Da clic en esta información y luego responde:

    https://es.slideshare.net/mpps/problemas-de-la-globalizacinhttps://es.slideshare.net/mpps/problemas-

    CLASE PARA 10: JUECES DE PAZ Y CENTROS DE CONCILIACIÓN

    El juzgado de paz es un órgano judicial unipersonal, que ejerce su jurisdicción en un municipio donde no existe un juzgado de primera instancia; está atendido por un juez no profesional, que se conoce como juez de pazque ejerce funciones jurisdiccionales y se encargan de resolver cuestiones de menor relevancia, siempre regulados por la Ley del Poder Judicial.
    Los municipios que no tienen un Juzgado de Primera instancia e Instrucción tienen un Juzgado de Paz. Su Ámbito se actuación se limita al Municipio. Se ocupa de asuntos de orden civil y realiza funciones de Registro.
     
    Personal que debe de integrar el juzgado de paz:
    El juzgado de paz desarrolla competencias en el ámbito personal y debe de constar de:
    – El juez de paz que ejerce funciones jurisdiccionales y es propuesto por el respectivo Ayuntamiento, por un período de 4 años.
    – Un secretario, que también será designado por el  Ayuntamiento, y las funciones se realizarán por un funcionario  perteneciente al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativo.
    – Funcionarios al servicio de la Administración de Justicia,  en aquellas poblaciones que tengan más de 7.000 habitantes.

    Funciones del juzgado de paz:
    El juez de paz refiere funciones en tres ámbitos: judicial, penal y civil.
    Funciones del juzgado de paz en el ámbito civil:
    En el ámbito del Registro Civil, el Juzgado de Paz atiende cualquier cuestión registral que le planteen los vecinos empadronados en el respectivo municipio; entre las actuaciones referidas al Registro Civil que desenvuelve el juzgado de paz destacan las siguientes:
    – Expedición de certificados de nacimiento, matrimonio o defunción,  ya sea en forma de extracto y literales; así como expedición de fe de  vida y estado.
    – Tramitación de expedientes de matrimonio y celebración de bodas.
    – Inscripción de matrimonio civil o religioso, celebrado en el municipio que alberga el Registro Civil.
    – Inscripción del nacimiento de un hijo.
    – Inscripción de defunción de una persona de dicho municipio.
    Funciones del juzgado de paz en el ámbito civil:
    En este orden se celebran juicios verbales sobre  demandas que se refieran a reclamaciones de cantidades, que no supere  los 90 €, actos de conciliación en el orden jurisdiccional y dictado de  diligencias por auxilio judicial.
    Funciones del juzgado de paz en el ámbito penal:
    Este orden acoge la instrucción, enjuiciamiento, fallo y ejecución de los juicios de faltas  que se promuevan, tales como amenazas, coacciones, maltrato de animales  domésticos o perturbaciones del orden y daños leves de bienes  inmuebles.
    El Juzgado de Paz presta lo que se denomina auxilio judicial,  que se encarga por ejemplo de tomar declaraciones a perjudicados o efectuar ratificaciones por citar algunos.
     LA CONCILIACIÓN
    Es un mecanismo de solución de conflictos a través del cual, dos o más personas gestionan por sí mismas la solución de sus diferencias, con la ayuda de un tercero neutral y calificado, denominado conciliador

    ¿DÓNDE SE PUEDE CONCILIAR?
    Respuesta : Las personas involucradas en un conflicto que sea transigible, desistible o conciliable pueden acudir ante los siguientes conciliadores: A. Si su conflicto es civil o comercial: Solicite la conciliación ante: Conciliadores de los centros de conciliación, delegados regionales y seccionales de la Defensoría del Pueblo, agentes del ministerio público en materia civil, y notarios. A falta de todos los anteriores en el respectivo municipio, esta conciliación podrá ser adelantada por los personeros y por los jueces civiles o promiscuos municipales.
    B. Si su conflicto es de familia: Solicite la conciliación ante: Conciliadores de los centros de conciliación, defensores de familia, comisarios de familia, delegados regionales y seccionales de la defensoría del pueblo, agentes del ministerio público ante las autoridades judiciales y administrativas en asuntos de familia y notarios. A falta de todos los anteriores en el respectivo municipio, esta conciliación podrá ser adelantada por los personeros y por los jueces civiles o promiscuos municipales. C. Si su conflicto es laboral: Solicite la conciliación ante: inspectores de trabajo, delegados regionales y seccionales de la defensoría del pueblo, agentes del ministerio público en materia laboral. A falta de todos los anteriores en el respectivo municipio, esta conciliación podrá ser adelantada por los personeros y por los jueces civiles o promiscuos municipales. D. Si su conflicto es contencioso administrativo: Solicite la conciliación ante: procuradores judiciales asignados a esta jurisdicción. 

    ¿ES OBLIGATORIO INTENTAR LA CONCILIACIÓN?Intentar la conciliación es obligatoria cuando por virtud de la ley 640 es requisito de procedibilidad, es decir, sin la cual no se puede acudir a la jurisdicción ya que la demanda será rechazada; la conciliación es requisito de procedibilidad en los siguientes procesos: civil y de familia.

    ¿CON LA CONCILIACIÓN YA NO HAY PROCESO?
     La conciliación es un mecanismo alternativo de solución de conflictos y por tal cuando se llega a un acuerdo, ese acuerdo hace tránsito a cosa juzgada y por tal las partes no podrán acudir a la jurisdicción a ventilar los mismos hechos, lo podrán hacer en el evento en que el acuerdo sea parcial, entonces sí podrán acudir ante la jurisdicción, pero solo a ventilar la parte del conflicto que no se concilió.

     ¿EL TRÁMITE DE CONCILIACIÓN ES DEMORADO?
    Es un mecanismo ágil si se compara con un proceso judicial y en razón de eso las partes van a realizar un ahorro significativo en términos de tiempo. El trámite en sí no es demorado pero puede variar dependiendo del centro o conciliador que lo haga.

    ¿QUE DEBO HACER PARA CONCILIAR?
    Partiendo de la existencia de un conflicto las partes pueden acudir a un centro de conciliación, abogado conciliador, funcionario público conciliador o notario, de común acuerdo o unilateralmente; la forma de solicitud de la audiencia de conciliación puede variar según el conciliador, pero en términos generales se trata de un escrito que debe contener los hechos y lo que se pretende conseguir en la conciliación, valga decir unas pretensiones.

    ¿PARA QUE SE CONCILIA?
    La conciliación es un medio alternativo de solución de conflictos ágil y económico en términos de tiempo y dinero, además es una alternativa que no es desgastante para las partes ya que no van a tener que estar acudiendo a un juzgado en repetidas ocasiones sino que en una sola o tres cesiones van a solucionar los conflictos.

    ¿QUÉ CLASES DE CONCILIACIÓN HAY?
    El artículo 3° de la ley 640 de 2001 clasificó la conciliación en judicial, si se realiza en el marco de un proceso judicial; extrajudicial, si tiene lugar antes o por fuera de un proceso judicial. La misma disposición subdividió la última, en conciliación en derecho, cuando se realice a través de los conciliadores de centros de conciliación, funcionarios públicos conciliadores o notarios, y en equidad, cuando se realice ante conciliadores en equidad
    ¿QUIÉN PUEDE CONCILIAR?
     Pueden conciliar, los conciliadores de los centros de conciliación, los notarios, los delegados regionales y secciónales de la defensoría del pueblo, los inspectores de trabajo, los defensores de familia, los comisarios de familia, los jueces civiles o promiscuos municipales, los fiscales, los personeros, los defensores del cliente en las entidades del sistema financiero, los funcionarios encargados de la Procuraduría, la Dirección Nacional de Derechos de Autor, el Ministerio de Desarrollo Económico, la Superintendencia de Valores, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, la Superintendencia de Transporte, la Superintendencia Bancaria, la Superintendencia de Salud, la Superintendencia de Sociedades y la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada. Todos los anteriores dentro del marco de sus funciones.

    ¿EL CONCILIADOR ES IMPARCIAL?
    El conciliador actúa como un tercero neutral y por tal es imparcial y así debe actuar, incluso su imparcialidad no debe comprometerse ni siquiera cuando propone formulas.

    domingo, 20 de octubre de 2019

    EMPRESAS TRANSNACIONALES


    Empresa transnacional.
    Es aquella que realiza actividades comerciales a nivel internacional. Se establece originalmente en un país (Matriz) pero luego se extiende a otros países del mundo a través de la creación de empresas relacionadas.
    La empresa transnacional se constituye por una matriz, empresa originaria que se implanta en un país especifico bajo la legislación local, y otras empresas relacionadas, que son empresas creadas por inversión directa o sociedades relacionadas en otros países y que se rigen por las leyes locales.
    Existen varias formas en que se pueden constituir empresas transnacionales: como matriz y filiales, como grupos de empresas en una industria determinada, como conglomerados de empresas con distintas actividades, a través de fusiones o adquisiciones, etc.
    Las empresas transnacionales tienen un enfoque globalizado y buscan maximizar sus utilidades en conjunto. Para lograrlo aplican una estrategia comercial que se diseña y controla desde la matriz pero que busca aprovechar las ventajas comparativas que tienen sus relacionadas con respecto a temas como costos de producción, comportamiento de consumidores locales, régimen tributario, cadenas de distribución, etc.
    Las principales características de las empresas transnacionales son:
    ·         Es una empresa que tiene una matriz y una o más relacionadas en otros países.
    ·         Las empresas relacionadas se rigen por una política comercial definida en la matriz, aunque su control es más descentralizado que en el caso de las multinacionales.
    ·         Las empresas del grupo buscan maximizar sus utilidades conjuntas.
    ·         Tienen fábricas o plantas en varios países.
    ·         Buscan aprovechar los recursos o ventajas relativas que se observan en cada país donde operan.
    Ejemplos de empresas transnacionales
    Las empresas transnacionales surgieron con los objetivos de extraer materias primas que se encuentran en otros países, reducir costos y ampliar mercados. Algunas de las primeras empresas transnacionales de las que se tiene registro son:
    ·         La Compañía Británica de las Indias Orientales que gestionaba el comercio entre Inglaterra y sus colonias formada en el 1600
    ·         Las instituciones financieras de la familia Rothschild en los años 1800´s
    ·         Standard Oil, empresa petrolera fundada por Rockefeller en 1870
    Actualmente, algunas de las empresas transnacionales más conocidas son:
    ·         PepsiCo, que produce y distribuye bebidas y aperitivos.
    ·         Bayer, gracias a muchas de sus filiales de farmacia.
    ·         Johnson & Johnson, la cual incluye muchas marcas para el cuidado e higiene personal.
    Las OCDE
    Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE)
    Las Líneas Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales son recomendaciones dirigidas por los gobiernos a las empresas multinacionales. Han sido suscritas por los 30 miembros de la OCDE y 8 países no-miembros.
    El objetivo principal de las Directrices es garantizar que las actividades de las empresas multinacionales se desarrollen en armonía con las políticas nacionales de los países de la OCDE y fortalecer la base de la confianza mutua entre las empresas y las autoridades gubernamentales.
    Enuncian principios y normas voluntarias para una conducta empresarial responsable en terrenos como publicación de informaciones, empleo y relaciones laborales, medio ambiente, lucha contra la corrupción, intereses de los consumidores y ciencia y tecnología.
    Aunque no son obligatorias, las empresas que voluntariamente las adopten, deberán aplicarlas en todos los países en los que operen. La única obligación formal para los gobiernos que suscriban las Directrices, es que deben establecer Puntos Nacionales de Contacto (PNC). El PNC es una instancia para la promoción, divulgación y el efectivo cumplimiento de la puesta en práctica de la Líneas Directrices de la OCDE para el buen gobierno de las empresas multinacionales.